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COMO DETERMINAR SI MI EDIFICIO NECESITA UN PARARRAYOS

COMO DETERMINAR SI MI EDIFICIO NECESITA UN PARARRAYOS

Una de las responsabilidades como encargados de mantenimiento del edificio es evitar tener pérdidas por una descarga eléctrica que caiga en nuestro edificio. Muchos tenemos la duda: ¿es obligatorio que instale un pararrayos?. 


El procedimiento para establecerlo es muy sencillo.

Para empezar, los centros de trabajo o áreas que se clasifiquen como riesgo de incendio alto, la instalación de pararrayos es MANDATORIO, como se establece en el punto 8.1 de la NOM-022-2015-STPS:
8.1 Los centros de trabajo o áreas que se clasifiquen como riesgo de incendio alto de acuerdo con lo establecido por la NOM-002-STPS-2010, o las que la sustituyan, deberán instalar un sistema de protección contra descargas eléctricas atmosféricas, tal como el sistema de pararrayos.
Si nuestra instalación no es de alto riesgo, entonces llevamos a cabo lo siguiente:
1)  Calcular la frecuencia de rayos a la estructura. La frecuencia anual promedio de rayos directos a una estructura (No), se calcula con la ecuación siguiente:
                                                      No = Ng x Ae x 10E-6
en donde:
No:  frecuencia anual promedio de rayos directos a la estructura.
Ng: densidad promedio anual de rayos a tierra por km2, del mapa isoceraunico.


Ae: área equivalente de captura de la estructura en m2.
mapa isodensidad rayos a tierra
Mapa Isocenaurico de México

Nota: para Baja California se toma el valor de Ng= 2 rayos/Km2/año

2) Se establece la frecuencia anual permitida de rayos directos a la estructura de la siguiente tabla:
La frecuencia anual permitida de rayos directos a la estructura(Nd), es el riesgo permitido de incidencia de un rayo directo, de acuerdo al tipo de estructura, uso y contenidos.